Bienvenido, Invitado
Por favor Entrar o Registrarse.    Contraseña olvidada?

MODIFICACION LEY PARA EMPLEADAS DE HOGAR "Curso para torpes lo que hay qu hacer
(1 viendo) (1) Invitado
Foro sobre cómo ahorrar ganando más dinero: salarios, sueldos, nóminas, pensiones, subsidios, pagar menos impuestos, subvenciones, ayudas ...
AbajoPágina: 12
TEMA: MODIFICACION LEY PARA EMPLEADAS DE HOGAR "Curso para torpes lo que hay qu hacer
#32309
Re: MODIFICACION LEY PARA EMPLEADAS DE HOGAR hace 13 Años Karma: 11
samuelson escribió:
samuelson escribió:
ahnacoff escribió:
Mlp escribió:
Debe de ser muy para torpes, pero yo lo soy más. ¿Si tengo a alguien en casa 2 horas por semana (salvo cuando estoy de vacaciones, que no viene) también debo hacer todo eso?
Gracias


estoy casi en el mismo caso. asi que también me interesa la contestación a tu pregunta. haber si alguien nos responde, aunque creo que no hara falta.

****************


Muy facil , te das de alta con el modelo mas abajo se indica, solo hace falta DNI de la tdora + dni datos del empleador + numero de cuenta,lo presentas en la Tesoreria General de la Seg.social de tu localidad y todos los meses te cargaran los 17,60 euros ( se es 2 horas semanales )como el recibo del agua o de la luz.

Si son dos 2 semanales x 4 semanas x 10 Euros = son 80 euros mes , por eso pagaras el 22% es decir 17,60 euros al mes, si te vas de vacaciones deberas dar de baja con 6 dias , por ejemplo te vas de vacaciones el 1/agosto/2012 deberas de dar de baja a la tdra empleada de hogar en la Tesoreria de la Seg.Social el mismo dia 31/07/2012 hasta el dia 6/8/2012 ( 6 dias puedes echar para atras la fecha de la baja ) , pero con fecha de la baja efectiva 31/07/2012 que es cuando produce la baja. Cuando vengas de vacaciones vuelves a darle de alta con fecha 1/09/2012 asi de facil.

Nota: Tema fiscal no tienes que hacer nada ni retener nada, y la empleada de hogar no tiene que declarar por estos ingresos en renta.

salu2



************

Perdon lo minimo que hay que pagar es 19.84 al mes
retribución mensual minima hasta 74,83 , con una base de 90,20 pagará 22% = 19,84



*********

Claro esta que no lo he indicado si es la primera vez que te incorpora como tdor empleada de hogar tendra una reduzcción en la cuota del 20%.
samuelson
samuelson
Nº de Socio: 33
Mensajes: 169
graphgraph
Puntos: 2032
graphgraph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
No robarás, porque el Estado odia que le hagan la competencia.
 
#32432
Re: MODIFICACION LEY PARA EMPLEADAS DE HOGAR hace 13 Años Karma: 25
samuelson escribió:
ahnacoff escribió:
Mlp escribió:
Debe de ser muy para torpes, pero yo lo soy más. ¿Si tengo a alguien en casa 2 horas por semana (salvo cuando estoy de vacaciones, que no viene) también debo hacer todo eso?
Gracias


estoy casi en el mismo caso. asi que también me interesa la contestación a tu pregunta. haber si alguien nos responde, aunque creo que no hara falta.

****************


Muy facil , te das de alta con el modelo mas abajo se indica, solo hace falta DNI de la tdora + dni datos del empleador + numero de cuenta,lo presentas en la Tesoreria General de la Seg.social de tu localidad y todos los meses te cargaran los 17,60 euros ( se es 2 horas semanales )como el recibo del agua o de la luz.

Si son dos 2 semanales x 4 semanas x 10 Euros = son 80 euros mes , por eso pagaras el 22% es decir 17,60 euros al mes, si te vas de vacaciones deberas dar de baja con 6 dias , por ejemplo te vas de vacaciones el 1/agosto/2012 deberas de dar de baja a la tdra empleada de hogar en la Tesoreria de la Seg.Social el mismo dia 31/07/2012 hasta el dia 6/8/2012 ( 6 dias puedes echar para atras la fecha de la baja ) , pero con fecha de la baja efectiva 31/07/2012 que es cuando produce la baja. Cuando vengas de vacaciones vuelves a darle de alta con fecha 1/09/2012 asi de facil.

Nota: Tema fiscal no tienes que hacer nada ni retener nada, y la empleada de hogar no tiene que declarar por estos ingresos en renta.

salu2


Gracias. Ahora la pregunta del millón: si esa persona ya cotiza a la SS por otro trabajo (me refiero a un trabajo que no es de empleada de hogar) ¿se supone también hay que proceder así?
Mlp
Mlp
Nº de Socio: 14
Mensajes: 936
graphgraph
Puntos: 7158
graphgraph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
Última edición: 17/12/2011 02:52 por Mlp.
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
 
ArribaPágina: 12