Re: MODIFICACION LEY PARA EMPLEADAS DE HOGAR hace 13 Años
|
Karma: 11
|
samuelson escribió:
samuelson escribió:
ahnacoff escribió:
Mlp escribió:
Debe de ser muy para torpes, pero yo lo soy más. ¿Si tengo a alguien en casa 2 horas por semana (salvo cuando estoy de vacaciones, que no viene) también debo hacer todo eso?
Gracias
estoy casi en el mismo caso. asi que también me interesa la contestación a tu pregunta. haber si alguien nos responde, aunque creo que no hara falta.
****************
Muy facil , te das de alta con el modelo mas abajo se indica, solo hace falta DNI de la tdora + dni datos del empleador + numero de cuenta,lo presentas en la Tesoreria General de la Seg.social de tu localidad y todos los meses te cargaran los 17,60 euros ( se es 2 horas semanales )como el recibo del agua o de la luz.
Si son dos 2 semanales x 4 semanas x 10 Euros = son 80 euros mes , por eso pagaras el 22% es decir 17,60 euros al mes, si te vas de vacaciones deberas dar de baja con 6 dias , por ejemplo te vas de vacaciones el 1/agosto/2012 deberas de dar de baja a la tdra empleada de hogar en la Tesoreria de la Seg.Social el mismo dia 31/07/2012 hasta el dia 6/8/2012 ( 6 dias puedes echar para atras la fecha de la baja ) , pero con fecha de la baja efectiva 31/07/2012 que es cuando produce la baja. Cuando vengas de vacaciones vuelves a darle de alta con fecha 1/09/2012 asi de facil.
Nota: Tema fiscal no tienes que hacer nada ni retener nada, y la empleada de hogar no tiene que declarar por estos ingresos en renta.
salu2
************
Perdon lo minimo que hay que pagar es 19.84 al mes
retribución mensual minima hasta 74,83 , con una base de 90,20 pagará 22% = 19,84
*********
Claro esta que no lo he indicado si es la primera vez que te incorpora como tdor empleada de hogar tendra una reduzcción en la cuota del 20%.
|
|
samuelson
Nº de Socio: 33
Mensajes: 169
Puntos: 2032
|
No robarás, porque el Estado odia que le hagan la competencia.
|
|
Re: MODIFICACION LEY PARA EMPLEADAS DE HOGAR hace 13 Años
|
Karma: 25
|
samuelson escribió:
ahnacoff escribió:
Mlp escribió:
Debe de ser muy para torpes, pero yo lo soy más. ¿Si tengo a alguien en casa 2 horas por semana (salvo cuando estoy de vacaciones, que no viene) también debo hacer todo eso?
Gracias
estoy casi en el mismo caso. asi que también me interesa la contestación a tu pregunta. haber si alguien nos responde, aunque creo que no hara falta.
****************
Muy facil , te das de alta con el modelo mas abajo se indica, solo hace falta DNI de la tdora + dni datos del empleador + numero de cuenta,lo presentas en la Tesoreria General de la Seg.social de tu localidad y todos los meses te cargaran los 17,60 euros ( se es 2 horas semanales )como el recibo del agua o de la luz.
Si son dos 2 semanales x 4 semanas x 10 Euros = son 80 euros mes , por eso pagaras el 22% es decir 17,60 euros al mes, si te vas de vacaciones deberas dar de baja con 6 dias , por ejemplo te vas de vacaciones el 1/agosto/2012 deberas de dar de baja a la tdra empleada de hogar en la Tesoreria de la Seg.Social el mismo dia 31/07/2012 hasta el dia 6/8/2012 ( 6 dias puedes echar para atras la fecha de la baja ) , pero con fecha de la baja efectiva 31/07/2012 que es cuando produce la baja. Cuando vengas de vacaciones vuelves a darle de alta con fecha 1/09/2012 asi de facil.
Nota: Tema fiscal no tienes que hacer nada ni retener nada, y la empleada de hogar no tiene que declarar por estos ingresos en renta.
salu2
Gracias. Ahora la pregunta del millón: si esa persona ya cotiza a la SS por otro trabajo (me refiero a un trabajo que no es de empleada de hogar) ¿se supone también hay que proceder así?
|
|
Mlp
Nº de Socio: 14
Mensajes: 936
Puntos: 7158
|
Última edición: 17/12/2011 02:52 por Mlp.
|
|
|