Hola,
Pues esta es mi duda, si se puede hacer un deposito o ipf cuyo titular sea una comunidad de vecinos.
Esta mañana he estado en la oficina de una entidad bancaria y el comercial en principio me ha dicho que si era posible, la duda es que pasa con las retenciones, si luego se pueden reclamar.
Buscando por la red no he encontrado mucho, lo poco que he encontrado indica que no es posible ya que la ley no considera a una comunidad de vecinos como entidad juridica y aunque si la posibilita para abrir cuentas, parece que no vale para abrir depos remunerados.
Bueno si alguien lo tiene más claro, le agradecería la información.
Y abusando de vuestra confianza en caso de no ser posible, que cuentas en el mercado podrían contratarse para la gestión tipica de una comunidad y a su vez con una buena remuneración, no se, me viene a la cabeza evo, pero no se si habrá alguna más.
Gracias.