Hola a todos y a todas, alguien me sabría explicar este apartado concreto que me ha mandado la CAIXA con la que tengo suscrita un plan de pensiones:
Coberturas: Las aportaciones realizadas se destinan a cubrir las contingencias de jubilación, incapacidad, fallecimiento y dependencia (severa o gran dependencia)
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En el apartado de fallecimiento dice (que es el que no entiendo): La prestación se percibirá en caso de fallecimiento del participe o del beneficiario si éste ha contratado una renta con derecho a prestación en caso de fallecimiento.
¿Qué pasa si no tenemos contratada esa renta con derecho a prestación? ¿Mis herederos legales no podrán cobrar mi plan de pensiones?
Revisar el vuestro a ver si tiene esta clausula. No sea cosa que nos estén metiendo un gol, o un triple.
Gracias por vuestra ayuda.