Desde el pasado 3 de octubre las comisiones que pagan los usuarios de tarjeta por retirar efectivo en cajeros distintos a los de su propia entidad deberían haberse reducido, según el criterio fijado en el apartado 5 de la disposición adicional segunda introducida por el Real Decreto-ley 11/2015, de 2 de octubre, para regular las comisiones por la retirada de efectivo en los cajeros automáticos. Sin embargo, ADICAE ha detectado el incumplimiento generalizado de este precepto por parte de la banca, impidiéndose así la reducción de costes por retirada de efectivo.
Este artículo especifica que la entidad emisora de la tarjeta únicamente podrá repercutir a sus clientes el importe que la entidad propietaria del cajero le aplique por las retiradas de efectivo realizadas por los usuarios, prohibiendo expresamente que se cargue al consumidor comisión o coste adicional alguno.
En la actualidad las entidades propietarias del cajero aplican a la emisora de la tarjeta una tasa interbancaria que de media ronda los 0,60 €. El banco emisor de la tarjeta no sólo repercute a sus clientes ese coste, sino que añade un importe que varía en función de la entidad, práctica vetada desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley.
Ante esta situación este miércoles, día en que el Pleno del Congreso de los Diputados convalida el Real Decreto-ley, ADICAE se ha dirigido al Banco de España para exigirle que haga cumplir a los bancos la citada norma, y que, ahora que tiene indudable fundamento legal para intervenir, sancione esta práctica, definida como infracción grave de las normas de ordenación y disciplina bancaria, e impulse la devolución a todos los consumidores de las cantidades indebidamente cargadas desde el 3 de octubre.
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