BBVA, Caixa Galicia y Cajamar no pueden, desde hoy, cobrar la diferencia entre el tipo mínimo de interés y el 'suelo' fijado en sus préstamos hipotecarios, en virtud de la ejecución provisional de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla, que declaró nulas por abusivas estas cláusulas.
Clausulas afectadas:
BBVA. 1º. Las que dispongan un tipo mínimo de referencia del 2,5% y un tipo máximo de interés del 12%. 2º. Las que establezcan un tipo mínimo de interés del 2,5% y un tipo máximo de interés del 12%.
Caixa Galicia: Las que establezcan un tipo mínimo de interés del 2,75% y un tipo máximo de interés del 10%.
Cajamar: Las que establezcan un tipo mínimo de interés del 3,25% y un tipo máximo de interés del 15%.
www.elmundo.es/elmundo/2011/04/12/suvivienda/1302622442.html
Enhorabuena por esta victoria aunque creo que llega demasiado tarde.