"Piense en su futuro, contrate un plan de pensiones privado y complemente así su pensión pública". El mensaje no deja de repetirse desde responsables institucionales y entidades financieras. La realidad es muy diferente: su escasa rentabilidad y las comisiones hacen que los planes privados no funcionen, ni siquiera como complemento a la jubilación.
¿Es sostenible el sistema público de pensiones? ¿Son necesarias las pensiones privadas como complemento? El debate está servido. Desde el año pasado, por ley la actualización de las pensiones ha quedado desvinculada del IPC, pasando a depender del llamado Factor de Revalorización Anual; una decisión que, hasta el momento, ya ha supuesto una pérdida de poder adquisitivo real para los pensionistas. Mientras tanto, los beneficios fiscales de los que disfrutan los planes privados favorecen que, a mayores aportaciones, mayor desgravación; las grandes fortunas salen ganando, mientras que para los medianos y pequeños ahorradores la reducción de la base imponible del IRPF les supone un ahorro bastante más modesto.
En este contexto, desde la patronal de las aseguradoras, se trata de fomentar la contratación de pensiones privadas, no ya apelando a los ahorradores, sino a que los políticos lancen el mensaje de que es necesario complementar las pensiones públicas. Han llegado incluso a remitir una misiva a los diputados que forman parte de la Comisión de seguimiento del Pacto de Toledo, el foro en el que se debate el futuro del sistema estatal. A pesar de esta ofensiva, la realidad de los planes privados sigue invariable: escasa rentabilidad, altas comisiones, y limitada liquidez. También la Seguridad Social envía cartas. En su caso a los cotizantes mayores de 50 años para comunicarles cuál será su expectativa de pensión de jubilación. Una forma más de incentivar el ahorro privado para la jubilación.
La principal desventaja de los planes de pensiones es su limitada liquidez, el consumidor tiene que pensar que, salvo en casos muy concretos, no podrá disponer del dinero de las aportaciones realizadas y sólo podrá rescatarlo en el momento de la jubilación. El dinero se puede rescartar solo en caso de paro de larga duración o enfermedad, y siempre con una penalización. Por tanto, es un producto que, en caso de un imprevisto, deja al consumidor con escaso margen de maniobra.
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