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Dinero en negro en cuenta bancaria.
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TEMA: Dinero en negro en cuenta bancaria.
#54260
Re: Dinero en negro en cuenta bancaria. hace 12 Años Karma: 44
no creo que te lo tengas que plantear,,vamos usa la lógica y respondete tu solo,,,está más claro que el agua,,,sino mira el panorama,,vamos creo que soy clarito,,,
PUSETE75
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#54286
Re: Dinero en negro en cuenta bancaria. hace 12 Años Karma: 0
Gracias Andres.

El trabajo es continuo, pero las cantidades no son muy grandes...

El caso es que al ingresarme cada 3 o 4 meses las cantidades son mayores de 1000 euros, y segun tengo entendido a partir de esta cantidad (que antes era 3000 y ahora 1000) el banco esta obligado a informar a hacienda.

Segun he investigado, leo en algun sitio que no debo darme de alta por las cantidades tan bajas que gano, en otros sitios dicen que si, y la verdad es que sigo sin saber que hacer.

Tampoco se, cuanto me quitaria hacienda, que como podeis imaginar por las cantidades que cobro, con que me quiten 1 euro al mes ya lo sufriria.
Termi
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#54346
Re: Dinero en negro en cuenta bancaria. hace 12 Años Karma: 132
Si te dieras de alta como autónomo, pagarías 260€ al mes.

Luego tu renta, que ganas menos de 8.000€, no pagarías nada, y te devolverían lo retenido, por eso digo que si la haces, (tanto delcarando o sin declarar lo que haces ahora te saldría a devolver).

Hacienda no dice la cantidad mínima por la que deberías de cotizar, debería de hacerlo, pero solo dice:

A los efectos de este Régimen Especial, se entenderá como trabajador por cuenta propia o autónomo aquel que realiza de forma habitual, personal y directa, una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas…’. Además nos fijaremos también en el artículo 1.1 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo: ‘La presente Ley será de aplicación a las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena…’

Vamos, que no hay forma.

Una forma que se suele usar es que si se cobra menos del SMI, no se declara. Esto no es de ley, pero creo que si cobras 400€ al mes, y si encima tienes que pagarte 260€ de autónomos, no hay nadie capaz de vivir con 140€.

Yo personalmente, seguiría como estás, porque si te pagan cada 3 meses, se puede entender que el trabajo lo realizas cada cierto tiempo, (no es continuo) no llegas al SMI, y el pago es relativamente bajo.


Por lo del banco no te preocupes, son INGRESOS EN EFECTIVO DE 3000€, y no significa que te vayan a investiga ni nada, sino que queda constancia de quien lo ha realizado y tu lo haces por transferencia.


Si tienes más dudas, revisa esto a ver si te ayuda:

www.gestoriabarcelona.com/2012/05/es-obl...-alta-como-autonomo/

A ver si me gano un Karma, jeje
andreseljedi
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Última edición: 01/11/2012 03:59 por andreseljedi.
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