Si te dieras de alta como autónomo, pagarías 260€ al mes.
Luego tu renta, que ganas menos de 8.000€, no pagarías nada, y te devolverían lo retenido, por eso digo que si la haces, (tanto delcarando o sin declarar lo que haces ahora te saldría a devolver).
Hacienda no dice la cantidad mínima por la que deberías de cotizar, debería de hacerlo, pero solo dice:
A los efectos de este Régimen Especial, se entenderá como trabajador por cuenta propia o autónomo aquel que realiza de forma habitual, personal y directa, una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas…’. Además nos fijaremos también en el artículo 1.1 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo: ‘La presente Ley será de aplicación a las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena…’
Vamos, que no hay forma.
Una forma que se suele usar es que si se cobra menos del SMI, no se declara. Esto no es de ley, pero creo que si cobras 400€ al mes, y si encima tienes que pagarte 260€ de autónomos, no hay nadie capaz de vivir con 140€.
Yo personalmente, seguiría como estás, porque si te pagan cada 3 meses, se puede entender que el trabajo lo realizas cada cierto tiempo, (no es continuo) no llegas al SMI, y el pago es relativamente bajo.
Por lo del banco no te preocupes, son INGRESOS EN EFECTIVO DE 3000€, y no significa que te vayan a investiga ni nada, sino que queda constancia de quien lo ha realizado y tu lo haces por transferencia.
Si tienes más dudas, revisa esto a ver si te ayuda:
www.gestoriabarcelona.com/2012/05/es-obl...-alta-como-autonomo/
A ver si me gano un Karma, jeje